El año 457 AC., la fecha clave de la profecía que llega hasta el año 1 844, está firmemente establecida tanto en la Escritura
como en la historia.
L. P. Tolhurst
LOS ADVENTISTAS DEL SÉPTIMO DIA creemos que la orden para restaurar y edificar a Jerusalén Dan. 9:25) no sólo determina
el comienzo de la profecía de las setenta semanas, sino también el comienzo de los 2.300 días mencionados en Daniel 8:14.
Creemos que esta última profecía llega hasta el año 1844, señalándonos como el pueblo levantado por Dios para proclamar el
último mensaje de advertencia al mundo. Si esto es así, debemos estar en condiciones de justificar nuestra afirmación generando
una evidencia que sustente esta postura.
Hay tres decretos persas que juegan un papel clave en la restauración del pueblo de Dios de la cautividad babilónica.1
La confirmación de nuestra Interpretación, de las importantes profecías de Daniel, depende de la Identificación y datación
del decreto con el qué Dios determinó que se comenzara el cálculo del tiempo Involucrado en la profecía.
Ciro emitió un primer decreto en el año primero de su reinado, es decir, el 538 ó 537 AC. La Biblia no indica el momento
preciso del año primero de su reinado cuando se libró este decreto, por lo que no sabemos si fue el 538 o el 537 AC. La Biblia
tampoco nos dice cuándo el grupo de Zorobabel dejó Babilonia y cuándo llegó a Jerusalén, por lo que desconocemos el momento
en que este decreto entró en vigencia. La vaguedad de la Biblia con respecto a estos detalles argumenta en contra de la evidencia
de que éste sea el decreto más importante. Además. el decreto de Ciro no dice nada con respecto a la restauración de la ciudad
Sólo se refiere a la reconstrucción del templo.
Otra evidencia de que éste no es el decreto clave para recomponer el tiempo de la profecía, es que no armoniza con la
profecía de Daniel 9 con respecto al tiempo de la llegada del Mesías, el Ungido. Con la fecha de este decreto como punto de
partida, los 483 años de los que habló Daniel, ni se acercan al tiempo de Jesús. Esta fecha tampoco ayuda a Identificar el
año de su bautismo el ungimiento del Señor que ocurrió en el año 27 DC.
La Escritura no establece la fecha del segundo decreto, el de Darío el Grande. Todo lo que sabemos es que el documento
se emitió en los primeros años de su reinado porque, como consecuencia de este, se completó la edificación del templo y se
lo dedicó al Señor2.
1 Se ha sugerido una cuarta posibilidad: algunos consideran que la disposición que manifestó Artajerjes hacía la petición
de Nehemías de regresar para reconstruir Jerusalén (444 AC, Neh. 1:1-3; 2:1) es el decreto que originó la fecha Inicial de
la profecía (véase e. g, Robert Aderson, The Comlng Prlnce, Grand Raplds, Kregel Pub., sin fecha). Sin embargo, comenzar desde
esa fecha arroja a la profecía de las setenta semanas lejos del bautismo de Jesús. Y, en tanto que la Biblia cita minuciosamente
cada uno de los otros tres decretos precedentes, en este caso sólo dice que Artajerjes otorgó el permiso solicitado por Nehemías
y envió cartas no se indica que se haya librado decreto alguno. un tratamiento tan informal de este decreto no es adecuado
a lo que se esperaría si el Señor quisiera señalarlo como el punto de partida de la importantísima profecía de Daniel.
2 La reconstrucción del templo iniciada por el decreto de Ciro, paulatinamente había menguado hasta esfumarse. Los judíos
habían comenzado a trabajar nuevamente en el templo y luego escribieron solicitando la anuencia de Darío pera la realización
de estas obras. En el transcurso del segundo año de su reinado, Darío respondió otorgándoles permiso. La obra continuó, y
el templo se dedicó en el sexto año (véase Hag. 2:10-18 y Esd. 6: 15).
Y como en el caso de Ciro, el decreto de Darío estaba relacionado con la restauración del templo, no de la ciudad. Obviamente,
para establecer un punto de partida de la profecía, este decreto no es muy significativo.
Si Dios quería que alguno de estos decretos determinara el comienzo del tiempo de una profecía tan importante como la
de los 2.300 años, entonces el mismo Señor debió cuidar que los detalles necesarios quedaran registrados en la Biblia.
La Fecha del Séptimo Año de Artajerjes
Con semejante riqueza de información con respecto a la cronología de este período, podemos establecer con confianza la fecha
del séptimo año del rey Artajerjes.
Jerjes, el predecesor de Artajerjes, fue asesinado entre el 17 de diciembre del 465 y el 3 de enero del 464 AC. La tableta
portadora de la última fecha conocida de su reinado está fechada el noveno mes (que corresponde a diciembre) de su vigésimo
primer año de reinado. Y el papiro elefantino egipcio cotiene la primera fecha identificada con el reinado de Artajerjes -que
equivale a nuestro 3 de enero del 464 AC. Como esta fecha surge de los registros que se originaron en Egipto, la mayoría de
los eruditos concuerdan en que Jerjes murió antes del fin de diciembre, pues es relativamente difícil que las noticias de
su muerte y la sucesión de Artajerjes haya viajado de Persia a Egipto en tres días. Por lo tanto, parece ser más coherente
sostener que la muerte de Jerjes haya ocurrido en la última parte del mes de diciembre del 465 AC.
Aun cuando los judíos siguieron un calendario de primavera a primavera en su año religioso, con el tiempo aplicaron además
un segundo calendario muchos Países en la actualidad tienen un año fiscal y un año calendario. Y así como el principio y el
fin de nuestro calendario fiscal difiere unos seis meses de nuestro año calendario, el calendario judío que va de otoño a
otoño difiere unos seis meses del calendario que va de primavera a primavera. Y del mismo modo que los meses de nuestro calendario
fiscal y de nuestro año calendario retienen los mismos nombres, los meses de los calendarios que van de primavera a primavera
y de otoño a otoño conservan los mismos números. Por consiguiente, en tanto que el calendario que va de primavera a primavera
comienza con el mes uno y finaliza con el mes doce; el calendario que va de otoño a otoño comienza en el mes séptimo y concluye
en el mes sexto (véase el cuadro 3).
Con esta información podemos trazar una línea en el tiempo para ubicar los primeros años de Artajerjes y, de este modo,
llegar hasta el importantísimo séptimo año de su reinado. Podemos calcular ese año según el calendario judio que va de otoño
a otoño el calendario que Esdras estaba utilizando cuando se refirió al decreto de Artajerjes (véase el recuadro Cómo empleaban
los judíos el calendario que va de otoño a otoño).
El cuadro 4 demuestra que el séptimo año de Artajerjes comenzó en el 458 AC y se extendió al 457 AC, y que las fechas
registradas en la Escritura en relación con este decreto las referidas a la partida de Esdras hacia Jerusalén y a su llegada
se ajustan perfectamente al año 457 AC.
Es interesante notar que Guillermo Miller y sus asociados utilizaron un método diferente para calcular cuál de los años
de nuestro sistema es el que corresponde al séptimo año de Artajerjes. Pero, basados en el Canon de Ptolomeo, llegaron a establecer
la misma fecha. En realidad, esta es una gratificante confirmación de la confiabilidad de nuestra posición y debiera ayudarnos
a fortificar nuestra fe en el mensaje que transmitimos al muñdo. Como lo dijo el apóstol Pedro: Porque no os hemos dado a
conocer el poder y la venida de nuestro Señor Jesucristo siguiendo fábulas artificiosas (2 Ped. 1:16).
Bibliografía
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Transcrito de la Revista Ministerio Adventista Noviembre Diciembre de 1988
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